
 
   
  
  
  ![]()
    
MundusNET 
    
    Nº 12:
    -La pelea entre 
    Google y Yahoo!
    -El movido mundo
    de los celulares.
    -Adicción a las NT 
BUENOS 
      AIRES.- El Congreso aprobó la nueva Ley Federal de Eduación 
      (, tras un año de arduos debates en la comunidad educativa aunque 
      con la indiferencia habitual de la ciudadanía. Tampoco fue titular 
      de gran cantidad de primeras planas, exceptuando el día de la sanción. 
      A diferencia de la anterior, sancionada durante el menemismo, el Estado 
      Nacional recupera su rol indelegable al momento de garantizar el acceso 
      universal a tan preciado bien, acorde a la Constitución Nacional 
      que la tiene como un derecho.
      El Art. 3 instaura a la educación como prioridad nacional y política 
      de Estado, lo que se reafirma con las responsabilidades asumidas en los 
      artículos 4, 5 y 6. Responsabilidad principal e indelegable 
      de proveer una educación integral, permanente y de calidad, 
      dice uno de los artículos referidos. Ya en el artículo 8 se 
      entiende a la política educativa como una herramienta para brindar 
      las oportunidades necesarias para desarrollar y fortalecer la formación 
      integral de las personas a lo largo de la vida y promover en cada educando 
      la capacidad de definir su proyecto de vida... En un país con 
      grandes desigualdades de calidad educativa incluso en los distritos mas 
      favorecidos (en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, considerada de 
      muy buen nivel, hay una gran brecha entre la educación pública 
      del sur y la del norte), se recupera la importancia de la enseñanza 
      como factor igualador y de movilidad social.
      El presupuesto es algo importante (y fuente de permanentes reclamos) y el 
      artículo 9 manifiesta como obligatorio el piso del 6 % de los presupuestos, 
      tanto nacionales como distritales con educación a cargo. En ese sentido 
      se da un golpe interesante a las financiaciones privadas ya que prohibe 
      la mercantilización de la educación. Esto, en la educación 
      superior fundamentalmente, obligará a las instituciones estatales 
      a igualar las ofertas de las privadas, ya que de lo contrario se podría 
      interpretar como una barrera propia del lucro.
      El nuevo sistema queda consolidado en cuatro niveles: Inicial (ahora es 
      obligatorio desde los 4 años), Primario (la debe pasar a ser en un 
      plazo a fijar de doble escolaridad), Secundario (con orientación 
      a preparar para el mundo laboral) y Superior. Aquí quedó en 
      un limbo la educación Terciaria, que sería considerada como 
      de Capacitación. En cuanto a las modalidades, quedaron la Técnico 
      Profesional, Artística, Especial, Permanente de Jóvenes y 
      Adultos, Rural, Intercultural Bilingue (respetando los otros dieciseis idiomas 
      que se hablan en el país), Contexto de Privación de Libertad, 
      Domiciliaria y Hospitalaria.
      Siendo la deserción uno de los grandes problemas de la actualidad 
      argentina, el inciso f del artículo 32 procura la formación 
      de espacios no formales de integración para la posterior reinserción 
      de jóvenes no escolarizados. Serían espacios de transición 
      hacia el retorno a la educación formal. En el caso de los adultos, 
      se busca recuperarlos a través del sistema de educación permanente 
      para adultos.
      Respecto a los docentes, la ley busca una utopía, que es la concentración 
      de los docentes en pocas instituciones. Con salarios tan bajos y la atomización 
      de la oferta laboral, mas del 50 % de los profesores (sobre todo secundario 
      y universitario) son de los denominados taxi. Además, 
      el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología crea el Instituto 
      Nacional de Formación Docente, desde donde se homologarán 
      las capacitaciones y titulos para el ejercicio del rol. La formación 
      se lleva a cuatro años, donde dos son los planteamientos básicos 
      de la pedagogía y otros dos de las particularidades específicas 
      de los profesorados. A su vez, la carrera docente se separa en lo áulico 
      y en la gestión, con capacitaciones diferentes. Algo importantísimo 
      de ser cumplido es la capacitación docente gratuita, bajo responsabilidad 
      del estado y en servicio (esto significa en el horario de trabajo, algo 
      de difícil cumplimento en las instituciones privadas).
      El Canal de Tv Educativa Encuentro y el sitio de internet Educ.ar adquieren 
      el rol de oficiales, propendiendo a la integración nacional de contenidos 
      y acceso tanto a docentes como a alumnos.
      El Consejo Federal de Educación compuesto por los Ministros de Educación 
      u equivalentes provinciales, con la presidencia del Ministro del área 
      del Gabinete Nacional, será el órgano facultado para trazar 
      las prioridades de las políticas educativas.
Diciembre 2006-12-16 (C)
Ley 
      de Educación 
      Puntos 
      Salientes de la Ley de Educación