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Sancionaron la nueva
Ley Federal de Educación

BUENOS AIRES.- El Congreso aprobó la nueva Ley Federal de Eduación (, tras un año de arduos debates en la comunidad educativa aunque con la indiferencia habitual de la ciudadanía. Tampoco fue titular de gran cantidad de primeras planas, exceptuando el día de la sanción. A diferencia de la anterior, sancionada durante el menemismo, el Estado Nacional recupera su rol indelegable al momento de garantizar el acceso universal a tan preciado bien, acorde a la Constitución Nacional que la tiene como un derecho.
El Art. 3 instaura a la educación como prioridad nacional y política de Estado, lo que se reafirma con las responsabilidades asumidas en los artículos 4, 5 y 6. “Responsabilidad principal e indelegable de proveer una educación integral, permanente y de calidad”, dice uno de los artículos referidos. Ya en el artículo 8 se entiende a la política educativa como una herramienta para “brindar las oportunidades necesarias para desarrollar y fortalecer la formación integral de las personas a lo largo de la vida y promover en cada educando la capacidad de definir su proyecto de vida...” En un país con grandes desigualdades de calidad educativa incluso en los distritos mas favorecidos (en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, considerada de muy buen nivel, hay una gran brecha entre la educación pública del sur y la del norte), se recupera la importancia de la enseñanza como factor igualador y de movilidad social.
El presupuesto es algo importante (y fuente de permanentes reclamos) y el artículo 9 manifiesta como obligatorio el piso del 6 % de los presupuestos, tanto nacionales como distritales con educación a cargo. En ese sentido se da un golpe interesante a las financiaciones privadas ya que prohibe la mercantilización de la educación. Esto, en la educación superior fundamentalmente, obligará a las instituciones estatales a igualar las ofertas de las privadas, ya que de lo contrario se podría interpretar como una barrera propia del lucro.
El nuevo sistema queda consolidado en cuatro niveles: Inicial (ahora es obligatorio desde los 4 años), Primario (la debe pasar a ser en un plazo a fijar de doble escolaridad), Secundario (con orientación a preparar para el mundo laboral) y Superior. Aquí quedó en un limbo la educación Terciaria, que sería considerada como de Capacitación. En cuanto a las modalidades, quedaron la Técnico Profesional, Artística, Especial, Permanente de Jóvenes y Adultos, Rural, Intercultural Bilingue (respetando los otros dieciseis idiomas que se hablan en el país), Contexto de Privación de Libertad, Domiciliaria y Hospitalaria.
Siendo la deserción uno de los grandes problemas de la actualidad argentina, el inciso f del artículo 32 procura la formación de espacios no formales de integración para la posterior reinserción de jóvenes no escolarizados. Serían espacios de transición hacia el retorno a la educación formal. En el caso de los adultos, se busca recuperarlos a través del sistema de educación permanente para adultos.
Respecto a los docentes, la ley busca una utopía, que es la concentración de los docentes en pocas instituciones. Con salarios tan bajos y la atomización de la oferta laboral, mas del 50 % de los profesores (sobre todo secundario y universitario) son de los denominados “taxi”. Además, el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología crea el Instituto Nacional de Formación Docente, desde donde se homologarán las capacitaciones y titulos para el ejercicio del rol. La formación se lleva a cuatro años, donde dos son los planteamientos básicos de la pedagogía y otros dos de las particularidades específicas de los profesorados. A su vez, la carrera docente se separa en lo áulico y en la gestión, con capacitaciones diferentes. Algo importantísimo de ser cumplido es la capacitación docente gratuita, bajo responsabilidad del estado y en servicio (esto significa en el horario de trabajo, algo de difícil cumplimento en las instituciones privadas).
El Canal de Tv Educativa Encuentro y el sitio de internet Educ.ar adquieren el rol de oficiales, propendiendo a la integración nacional de contenidos y acceso tanto a docentes como a alumnos.
El Consejo Federal de Educación compuesto por los Ministros de Educación u equivalentes provinciales, con la presidencia del Ministro del área del Gabinete Nacional, será el órgano facultado para trazar las prioridades de las políticas educativas.

Diciembre 2006-12-16 (C)

Ley de Educación
Puntos Salientes de la Ley de Educación