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CULTURA  MEDIOS |
    CABLEVISIÓN superó la cuota de 
    mercado 
    que permite la Ley de Medios.
BUENOS 
    AIRES (TV Mundus) Por Daniel do Campo Spada.- El oligopolio comunicacional 
    de derecha Clarín superó la cuota de mercado que permite la 
    Ley 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual (LSCA) por lo que 
    la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA) 
    que preside Martín Sabbatella pidió a la justicia que le impida 
    incorporar nuevos clientes. La empresa que marca el exceso es Cablevisión 
    que creció al calor de la exclusividad de los derechos del fútbol 
    durante casi dos decenios con lo que absorbió en forma hostil a gran 
    cantidad de empresas del interior.
    En su sitio oficial AFSCA emitió el siguiente comunicado en el que 
    explica lo perverso de haber suspendido en la Justicia la adecuación 
    de oficio aún a pesar de las gruesas irregularidades dela propuesta 
    propia.
    Republicamos el texto oficial:
    El hecho de que se encuentre suspendida la adecuación, por 
    una interpretación judicial que no compartimos y que beneficia claramente 
    la posición dominante del multimedios, no implica que Cablevisión 
    pueda aumentar su ilegalidad superando aún más el límite 
    legal del 35% del mercado de televisión por cable, explicó 
    el presidente de AFSCA minutos después de la presentación en 
    el Juzgado Federal Civil y Comercial de la Ciudad de Buenos Aires. La 
    Justicia ya reconoció que el Grupo Clarín supera largamente 
    el límite establecido en la Ley de Servicios de Comunicación 
    Audiovisual. Lo que corresponde es que, hasta tanto logremos encuadrar a la 
    empresa en los límites legales, la Justicia le impida que aumente su 
    trasgresión a la ley, opinó Sabbatella y agregó 
    que es ridículo que, después del fallo de la Corte, una 
    parte del Poder Judicial le siga permitiendo a Magnetto estar fuera de la 
    ley. Pero es aún peor que, además, no se le ponga ningún 
    límite para que siga profundizando la ilegalidad.
    AFSCA le solicitó hoy al Juez Horacio Alfonso que modifique la medida 
    cautelar mediante la cual dispuso la suspensión del procedimiento de 
    adecuación de oficio del Grupo Clarín a fin de que se introduzca 
    la prohibición de que Cablevisión continúe contratando 
    y/o suscribiendo nuevos abonados a los servicios de televisión por 
    cable o televisión digital, de manera de incrementar aún más 
    su participación en el mercado, que ya excede ampliamente los límites 
    dispuestos en la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual. El pedido 
    de la Autoridad Federal tiene que ver con que el artículo 45 de la 
    LSCA, declarado constitucional por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, 
    establece como límite la prohibición de brindar servicio a más 
    del 35 por ciento de la totalidad del mercado. Ese límite es superado 
    por Cablevisión, tal como fuera admitido por el propio Grupo Clarín, 
    en su propuesta de adecuación voluntaria presentada ante la AFSCA.
    Asimismo, en el fallo de la Corte Suprema a favor de la constitucionalidad 
    del proceso de adecuación del Grupo Clarín, se advirtió 
    que la participación de Cablevisión en el mercado de televisión 
    paga del mayor operador de cable del país, asciende al 45% del total 
    nacional de abonados.
    En ese sentido, Sabbatella señaló que si la propia Corte 
    ha sostenido que los límites establecidos en la ley tienen como finalidad 
    garantizar la libertad de expresión y promover la desconcentración 
    en materia de servicios de comunicación audiovisual, no puede permitirse 
    que Cablevisión continúe acrecentado su cuota en el mercado. 
    Quedó claro que el Grupo Clarín viola absolutamente los 
    límites antimonopólicos que establece la ley. Cablevisión 
    supera el 45% del total de los abonados de toda la televisión por suscripción 
    del país, que incluye el servicio por cable y el satelital, y más 
    del 60% si se mide solo en el mercado de la televisión por cable. Por 
    lo tanto, se mida de la forma que se mida, la empresa del Grupo Clarín 
    está ampliamente excedida, lo cual fue reconocido incluso por el mismo 
    multimedios cuando presentó un plan de adecuación para ajustarse 
    a la ley.
    Tanto la Ley que regula las medidas cautelares contra el Estado Nacional como 
    el Código Procesal Civil y Comercial prevén la posibilidad de 
    que quien resulte afectado por una medida cautelar pueda solicitar su modificación 
    por una medida menos gravosa para el interés público que al 
    mismo tiempo no afecte la protección cautelar que se le otorgó 
    al beneficiario de la medida.
LA PRESENTACIÓN DEL ESTADO
En su presentación, AFSCA señala que la medida cautelar 
    dispuesta sólo impide el inicio del procedimiento de transferencia 
    de oficio del Grupo Clarín S.A., pero no otorga ningún derecho 
    a Cablevisión S.A. para incumplir el límite del 35% de abonados 
    establecido en la Ley Nº 26.522.
    Asimismo, sostiene que en lo que hace a la cantidad de abonados por 
    televisión por cable y digital, el multimedios continúa infringiendo 
    la Ley Nº 26.522 sin consecuencia jurídica alguna. Cablevisión 
    S.A. a través de todas las licencias que maneja de hecho- no 
    sólo no cumple con la ley por estar cautelarmente protegida, 
    sino que cada vez su incumplimiento es mayor, teniendo en cuenta que acrecienta 
    su posición en el mercado de televisión por suscripción.
    Por esta razón, siendo que una vez levantada la medida cautelar 
    dictada en estos autos, la actora deberá de todas maneras adecuarse 
    a la ley, resulta absurdo e irrazonable que, mientras tanto, se le genere 
    un escenario propicio para aumentar su participación en el mercado 
    de manera inconstitucional e ilegal, se señala en el escrito 
    presentado hoy en el Juzgado a cargo del Dr. Alfonso.
    En este contexto, resulta evidente que la constante ampliación 
    de abonados de Cablevisión S.A. lesiona el interés público. 
    Este perjuicio concreto se materializa tanto en lo que respecta a la afectación 
    de un debate plural y diverso como correlato necesario del ejercicio de la 
    libertad de expresión, como en el trato igualitario que merecen los 
    competidores de Cablevisión S.A. que en la actualidad se ven afectados 
    por su constante crecimiento y por el incumplimiento al proceso de adecuación 
    previsto en el art. 161 de la Ley Nº 26.522, continúa.
    ¿Cómo podría continuar justificándose que 
    además de no adecuarse a la Ley Nº 26.522 se permitiese al grupo 
    oligopólico seguir acrecentando, aun más allá del 45% 
    que ostenta, su participación sobre el total nacional de abonados del 
    país?, se pregunta en la presentación de AFSCA.
    Que hoy se limite la posibilidad de que Cablevisión S.A. continúe 
    sumando abonados en virtud de la limitación del 35% -que, recordemos, 
    para el momento del fallo de la Corte Suprema representaba el 45% del total 
    nacional de abonados- intenta minimizar los perjuicios ocasionados por la 
    alteración del equilibrio que importa la suspensión desde hace 
    más de 5 años del procedimiento de adecuación del Grupo 
    Clarín S.A., señala el escrito. Lo que sostiene la AFSCA 
    en su presentación es que, de hacerse lugar a su pedido, se resguardaría 
    de igual forma la protección cautelar que le otorgó el juez 
    al Grupo Clarín suspendiendo la adecuación de oficio, al tiempo 
    que se garantizaría el derecho del público general a un mercado 
    con mayor competencia y a un debate plural y abierto de ideas, evitando que 
    quienes poseen el mayor porcentaje de abonados en el país sigan sumando 
    suscriptores por encima de los límites establecidos por la ley y que 
    fueran declarados constitucionales por la Corte Suprema de Justicia de la 
    Nación.
  
    
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MAYO 2015-05-10
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