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    2000-2008 
LA 
      PAZ.- La Asamblea Constituyente entregó al Presidente Evo Morales 
      el texto definitivo de la nueva Constitución Nacional de la República 
      de Bolivia que será sometida a un referendum el próximo 4 
      de mayo. Las dos terceras partes del cuerpo elegido por los ciudadanos para 
      modificar la Carta Magna, terminaron contra reloj un trabajo que soportó 
      muchas trabas y entorpecimientos.
      El boicot permanente de la oposición, la ingerencia de la Embajada 
      de Estados Unidos, y los intentos separatistas de las provinciad de la media 
      luna del altiplano (la más ricas) desafiaron en forma permanente 
      lo que será la última gran vuelta de tuerca del actual momento 
      histórico de Bolivia para torcer los casi doscientos años 
      de atraso que ha sufrido la mayoría de su población. 
      En un acto público a plaza llena, con la compañía del 
      Vicepresidente Alvaro García Linera y el titular del Congreso Edmundo 
      Movillo, llamó a los ciudadanos a manifestarse pacífica pero 
      enérgicamente en las urnas en poco más de un mes. Aunque tiene 
      la mayoría necesaria, en los artículos que salen a consulta, 
      si bien fueron votados a favor por una mayoría de los constituyentes, 
      no obtuvieron las dos terceras partes necesarias.
      El Departamento de Prensa del Palacio de Gobierno dió a conocer el 
      siguiente comunicado:
Las leyes promulgadas hoy por el Presidente son las siguientes:
      Ley 3835 que en su artículo 1 señala: Se interpreta 
      el artículo 6º parágrafo III de la Ley 2769 en sentido 
      de que en tanto no existan gobiernos departamentales, entendiéndose 
      a estos como gobiernos conformados por órganos ejecutivos y órganos 
      deliberantes elegidos ambos por voto popular en el marco de la autonomía 
      departamental, el referéndum departamental será convocado 
      exclusivamente por el Congreso Nacional.
      Ley 3836, se refiere a la ley de referéndum dirimidor y de aprobación 
      de la nueva Constitución Política del Estado. El artículo 
      1 señala: Se convoca a referéndum nacional constituyente, 
      a realizarse el 4 de mayo de 2008 para dirimir por mayoría de votos 
      el artículo 398 de la nueva Constitución Política del 
      Estado que no alcanzó la aprobación de dos tercios de votos 
      de los miembros presentes de la Asamblea Constituyente en la fase de detalle, 
      así como para refrendar el texto íntegro de la nueva Constitución 
      Política del Estado presentado al Congreso Nacional por la Asamblea 
      Constituyente el 15 de diciembre de 2007.
      Ley 3837 en su artículo 1 establece que se modifica el artículo 
      cuarto de la Ley 3728 con el siguiente texto: el Congreso de la República 
      convocará mediante ley de la República, aprobada por dos tercios 
      de los miembros presentes a referéndum dirimidor con carácter 
      vinculante, en un plazo no mayor a 60 días computables a partir de 
      la publicación de la norma para que mediante sufragio universal del 
      pueblo boliviano, dirima los artículos en controversia por mayoría 
      absoluta de votos. El Congreso de la República formulará las 
      preguntas en base a los informes y textos redactados de los artículos 
      por mayoría y minoría aprobados por la Asamblea Constituyente.
Marzo 2008-03-01
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      Libre repoducción con mención de la fuente.